CONVOCATORIA DE CABILDO DE ELECCIONES.
De conformidad con la Regla nº 50 de las que rigen nuestra Hermandad y cumpliéndose el periodo de cuatro años para el que fue elegida la actual Junta de Gobierno, la misma reunida en Cabildo de Oficiales con fecha de 23 de enero de 2014, ha acordado convocar a los Hermanos de la Antigua, Pontificia y Franciscana Hermandad y Cofradía de Nazarenos del Stmo. Cristo de la Fundación y Ntra. Sra. de los Ángeles a CABILDO DE ELECCIONES, a celebrar Dios mediante, el día 01 del mes de junio del presente año del Señor de 2014, en horario de 10 a 17 horas. en la Casa de Hermandad, sita en c/ Recaredo19, de la ciudad de Sevilla.
DEL CENSO DE HERMANOS CON DERECHO A VOTO.
Tendrán derecho a voto todos los hermanos y hermanas mayores de 18 años y que cuenten con un año de antigüedad en la Hermandad a la fecha de la celebración del Cabildo. A tales efectos, a partir del día 13 de marzo hasta el 3 de abril de 2014 (cumpliendo el plazo establecido por las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías de Sevilla), en horario de lunes a viernes de 20 a 21 horas, se procederá a la exposición del censo de hermanos con derecho a voto, al objeto de que los que deseen puedan confirmar su presencia en dicho censo y la corrección de sus datos personales. Dado que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, impone un deber de confidencialidad sobre los datos relativos a la pertenencia a Asociaciones Religiosas, que hace inviable su exhibición pública con carácter general, la comprobación del Censo se efectuará de manera individualizada en las dependencias de la Secretaría de la Hermandad y solo afectará a los datos del hermano o hermana consultante, previamente identificado mediante la exhibición de su D.N.I. ó documento que legalmente le sustituya, al cual se le expedirá certificado acreditativo de los mismos.
Transcurrido el citado periodo se procederá al cierre del censo que se remitirá a la Autoridad Eclesiástica para su validación.
DE LA PRESENTACION DE CANDIDATURA Y REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.
Conforme establece el citado artículo 50 de nuestras Reglas, la Junta de Gobierno deberá ser elegida globalmente por el Cabildo, mediante candidaturas cerradas y completas, siendo las condiciones y requisitos de los candidatos los que se fijan en la Regla 27ª, que más abajo se exponen. A partir de esta convocatoria, con fecha de efecto 1 de abril de 2014, queda abierto el plazo de presentación de candidaturas, que se cerrará a las 21 horas del día 30 de abril de 2014.
De conformidad con la Regla 27, para formar parte de la Junta de Gobierno, además de las condiciones generales de pertenecer a la Hermandad, los miembros de las candidaturas deberán reunir las siguientes:
A) Gozar de capacidad para el ejercicio de la responsabilidad que la Iglesia, en el Concilio Vaticano II y el Sínodo Hispalense de 1973, pide en los momentos actuales para los dirigentes seglares, así como las condiciones previstas en las vigentes Normas Diocesanas de la Archidiócesis de Sevilla.
B) Ser Hermano o Hermana mayor de dieciocho años y con tres años como mínimo de antigüedad en la Hermandad. Para ser Alcalde se precisa, como mínimo ser mayor de treinta años y llevar cinco años de antigüedad en la Hermandad.
C) Ser residente o tener domicilio en Sevilla.
D) No ejercer cargo de dirección en partido político o de autoridad ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal en el terreno político.
Las candidaturas habrán de presentarse completas y acompañadas de documento en que todos los miembros de la candidatura manifiesten expresamente su voluntad de pertenecer a la misma, copia de D.N.I. de cada uno de ellos, certificado de bautismo de los miembros solteros o partida de matrimonio canónico de los casados. Estos últimos habrán de aportar, además declaración personal de vida matrimonial regular conforme a las disposiciones de la Santa Madre Iglesia.
La carencia total o parcial de la documentación expuesta, no podrá ser objeto de subsanación una vez concluida el periodo de presentación de candidaturas y dará lugar el rechazo de la candidatura.
El Secretario informará a la Junta de Gobierno de las candidaturas que se hayan presentado, la cual procederá previo informe del Fiscal, a su aprobación o rechazo en virtud de que cumpla o no con los requisitos y condiciones expuestos, haciéndose pública la decisión a los efectos oportunos y comunicándose la relación de candidatos al Arzobispado de Sevilla.
DEL DESAROLLO DEL CABILDO DE ELECCIONES.
Presidirá la Mesa Electoral el Representante que designe la Autoridad Eclesiástica y quedará constituida por el referido representante y el Hermano de mayor edad y de menor edad que no figuren en ninguna de las candidaturas presentadas. Dicha mesa estará constituida permanentemente durante el número de horas que haya sido acordado en el Cabildo de Convocatoria.
La votación será personal y secreta mediante papeleta, en la que constará toda la candidatura y al ser esta cerrada, no se podrá alterar en su contenido tachando ni añadiendo nombres. Si esto ocurriera, el voto será nulo. El quórum necesario para la validez del Cabildo será del 10% del censo electoral y si llegada la hora de terminar el Cabildo, no se hubiera obtenido el quórum necesario, el Cabildo se prorrogará por una duración de treinta minutos más, al término del cual solo será necesario para la validez del Cabildo, los votos válido emitidos sin requisito alguno de porcentaje.
Para realizar el acto de escrutinio y antes de proceder al cómputo, en el caso de que hubiera varias candidaturas, cada una de ellas nombrará a un escrutador, que no formen parte de la candidatura. Si hubiera una sola candidatura, los escrutadores serán nombrados por la Junta de la Hermandad, comenzando el nombramiento de los Hermanos más antiguos unos y más recientes otros, que acepten.
Resultará elegida la candidatura que obtenga la mayoría simple de los votos emitidos válidamente. En caso de empate, se celebraría un nuevo Cabildo a los quince días y si se repitiese el empate, quedaría elegida la candidatura cuyo Alcalde tuviese más antigüedad en la Hermandad y si coincidiesen en la antigüedad, el de mayor edad.
Finalizado el Cabildo, se levantará acta del mismo, de la que se enviará copia a la Autoridad Eclesiástica. Se unirá oficio del Alcalde o del Secretario saliente, solicitando la confirmación de la elección, todo ello en el plazo máximo de ocho días.
Una vez recibida de la Autoridad Eclesiástica la confirmación de la elección y dentro de un plazo no superior a diez días, se celebrará Cabildo de Toma de Posesión de la nueva Junta. El Secretario de la Hermandad comunicará al Vicario General la composición de la nueva Junta, paras su conocimiento y publicación en el Boletín Oficial del Arzobispado. Así mismo comunicará al Consejo General de Hermandades y Cofradías, para los efectos que procedan.
INFORMACION DE INTERÉS PARA LOS CANDIDATOS
De conformidad con las directrices recibidas de la Autoridad Eclesiástica y en aplicación estricta de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, y en la medida que no existe autorización expresa de los Hermanos y Hermanas para la cesión de sus datos a efectos electorales a los titulares de las candidaturas, no se proporcionará a ninguna de las candidaturas concurrentes información sobre los datos contenidos en el censo de hermanos con derecho a voto, salvo la de aquellos hermanos que han hecho uso del Art. 7.2 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre.
No obstante y para garantizar a todos los hermanos y hermanas la adecuada información sobre las candidaturas concurrentes, se pondrán a disposición de las mimas la posibilidad de insertar, en una publicación editada, sufragada y distribuida desde la propia Secretaría de la Hermandad, un documento con las propuestas de cada una, de forma equitativa y que garantice su conocimiento en igualdad de condiciones por todos los hermanos. La ubicación de cada propuesta en esa única publicación se efectuará de mutuo acuerdo entre las candidaturas concurrentes o de no haberlo por sorteo en presencia de los interventores delegados por cada una de las mismas.
Para garantizar la absoluta transparencia de este proceso de información a los hermanos, cada candidatura podrá designar un interventor que podrá hacer el seguimiento de las actuaciones.
Para acogerse a este ofrecimiento, las candidaturas concurrentes deberán presentar con la fecha límite del cierre de presentación de candidaturas, un documento redactado en Word, arial 12, interlineado 1,5 y con una extensión máxima de cuatro páginas, que será el que de modo fiel se incorpore a la publicación informativa mencionada.