En el Cabildo de Oficiales del pasado 31 de enero se aprobó celebrar Cabildo General de Elecciones el próximo domingo 3 de junio y cuyos detalles se publicaron en el último boletín ‘Regina Angelorum’ –Cuaresma 2018-, para general conocimiento de los hermanos.
Esta comunicación que realizamos hoy tiene como fin, informar a los hermanos que al día de hoy todos los plazos estipulados para el desarrollo del proceso, están cumpliéndose en tiempo y forma. También aprovechamos para recordar los aspectos importantes del desarrollo del cabildo General de Elecciones, ampliando alguna información que puede resultar de interés.
- Para tener derecho a voto será necesario ser mayor de 18 años y tener un año de antigüedad en la Hermandad.
- La Junta de Gobierno será elegida globalmente por el Cabildo, mediante candidatura cerrada y completa, en cabildo abierto.
- Presidirá la mesa electoral el representante designado por la Autoridad Eclesiástica y quedará constituida por el referido representante y el hermano de mayor edad y el de menor edad, que no figuren en ninguna de las candidaturas presentadas. Dicha mesa estará constituida permanentemente entre las 13:00 y las 18:00 horas, horario que ha sido sugerido por la autoridad eclesiástica. La mesa físicamente estará situada en la Sala de Cabildos, accediéndose a ella por la puerta de las escaleras que llevan al salón de actos. En la Sacristía estarán a disposición de los hermanos papeletas y sobres para la realizar su voto.
- La votación será personal y secreta mediante papeleta, en la que constará toda la candidatura, y al ser ésta cerrada, no se podrá alterar en su contenido tachando ni añadiendo nombres. Si esto ocurriera, el voto será nulo. El quórum necesario para la validez del Cabildo será del 10% del censo electoral y si, llegada la hora de terminar el Cabildo, no se hubiera obtenido el quórum necesario, el Cabildo se prorrogará por una duración de treinta minutos más, al término del cual solo será necesario para la validez del Cabildo, los votos válidos emitidos, sin requisito alguno de porcentaje.
- No está admitido el voto por correo.
- Finalizado el Cabildo, se levantará acta del mismo, de la que se enviará copia a la Autoridad Eclesiástica. Se unirá Oficio del Alcalde ó del Secretario saliente, solicitando la confirmación de la elección, todo ello en el plazo máximo de ocho días.
- Una vez recibida de la Autoridad Eclesiástica la confirmación de la elección, y dentro de un plazo no superior a diez días, se celebrará Cabildo de Toma de Posesión de la nueva Junta.