CAPÍTULO III. De la Estación de Penitencia a la S.I. Catedral

Regla nº7. De la Salidad Procesional.
Regla nº8. Del itinerario y condiciones previas.
Regla nº9. De la Ocupación de los puestos de Procesión.
Regla nº10. De los hermanos costaleros.
Regla nº11. De la Organización de la Cofradía.
Regla nº12. Del orden disciplinado en la procesión.
Regla nº13. De las Insignias fundamentales y tradicionales.
Regla nº14. De las señales de duelos por los hermanos fallecidos.
Regla nº15. De la Suspensión de la estación de penitencia.

Regla nº7. De la Salidad Procesional

En la tarde del Jueves Santo, con autorización del Rvdmo. Ordinario, harán según uso y costumbre, nuestra Hermandad Estación de Penitencia a la Santa Iglesia Catedral, acompañando a nuestras Sagradas Imágenes, para visitar a Jesucristo en el Monumento de dicha Santa Iglesia y asimismo, meditar en la dolorosísima Pasión de Nuestra Madre Santísima para avivar nuestra fe y lograr en nuestra vida espiritual el perfeccionamiento que nos lleve a la salvación.

Siendo este acto de culto externo uno de los principales de la Hermandad, ha de procurarse que sea lo piadoso y penitente que la festividad del día, el respeto a nuestras Sagradas Imágenes y nuestro propio bien espiritual demandan.

En su consecuencia, la Junta de Gobierno acordará en el Cabildo ó Cabildos precedentes a la salida de la Cofradía, las disposiciones convenientes al mayor orden de la misma, nombrando los Celadores que han de ayudar al Diputado Mayor de Gobierno a organizar la Estación, la distribución de insignias y cuanto crea conveniente para lograr el objeto que se persigue. También fijar las cuotas de salida que han de satisfacer los Hermanos al recibir la papeleta de sitio, según el que vaya a ocupar en la Procesión.

A esta Estación concurrirán nuestro Hermanos en estado de gracia y vistiendo el hábito de penitencia, que estará constituido por una túnica de tela blanca con cola, llevando en las bocamangas y en la costura delantera botones azules, estando ribeteadas dichas bocamangas con un fino color azul, antifaz de la misma tela y color que la túnica, con el escudo de la Hermandad en la parte delantera del mismo, circundado por un cordón azul. Sobre la túnica llevará un escapulario azul y en la cintura un cíngulo del mismo color. Irá calzado con sandalias negras de dos tiras y/o el pié desnudo. Este hábito no podrá cambiarse en ninguna de sus partes y detalles sin permiso de la Autoridad Eclesiástica.

Regla nº8. Del itinerario y condiciones previas

El itinerario que ha de recorrer la Cofradía será el aprobado por la Autoridad Eclesiástica y lo hará de acuerdo con el horario señalado por la misma Autoridad y el Consejo General de Cofradías en el Cabildo General de Toma de Hora, horario que procurará observar en todas sus partes con la máxima exactitud, para lo cual el Diputado Mayor de Gobierno ha de tomar las disposiciones que le señalen estas Reglas.

Previamente, se proveerán nuestros Hermanos de sus papeletas de sitio, que les serán facilitadas por el Secretario y el Mayordomo, si reúnen los requisitos siguientes: estar al corriente de sus averiguaciones y no haber sido privado del derecho a vestir el hábito por la Junta de Gobierno, que lo hará cuando por escándalo ú otra causa no debiera figurar en nuestra Procesión.

Los Hermanos que tomen parte en la Estación de Penitencia quedan agrupados de la forma siguiente, según su situación y cometido en la Cofradía.

Grupo A: Presidencias, Fiscales, Diputados y Portadores de Insignias.
Grupo B: Hermanos portadores de cirios.
Grupo C: Hermanos portando cruces penitenciales.
Grupo D: Hermanos pequeños con varitas.
Grupo E: Hermanos costaleros

Regla nº9. De la Ocupación de los puestos de Procesión

De acuerdo con la categoría jerárquica de los cargos de la Junta de Gobierno y las obligaciones específicas de cada uno de ellos, el sitio que ocuparán en la procesión será el siguiente:

Las Presidencias de los pasos serán ocupadas por los miembros de la Junta de Gobierno, Diputados Adjuntos ó en su defecto, por aquellos hermanos que la Junta acuerde en Cabildo de Salida.

Las Reglas de esta Hermandad serán portadas por el Fiscal.

El Diputado Mayor de Gobierno y el Mayordomo 1º por la índole de sus respectivos cometidos, no pueden ir en sitio determinado, sino que se encontrarán donde quiera que su presencia sea necesaria, procurando el Mayordomo 1º estar en contacto permanente con el Alcalde para ejecutar sus órdenes.

Delante de las Presidencias podrán figurar sendas antepresidencias, que portarán varas ó cirios apagados. Estos puestos y el resto de las insignias serán adjudicados a los Diputados, Diputados Adjuntos ó a aquellos hermanos que por su amor a la Hermandad ó por sus esfuerzos en favor de la misma, se hayan hecho acreedores a esta distinción.

Si se considerase conveniente u obligado, se invitará a alguna persona para que forme parte de alguna de las Presidencias, como por ejemplo dignidades de la Iglesia, personas representativas ó bien personas con las que la Hermandad tenga contraída alguna deuda de gratitud, puede ocupar el puesto que le ceda alguno de los que tengan derecho a ello, o bien podría aumentarse el número de los componentes de las referidas Presidencias. Pero esta invitación tendrá que ser sometida y acordada por la Junta de Gobierno de la Hermandad, en Cabildo de Oficiales.

Ningún Hermano adquirirá derecho alguno a figurar en la procesión en puesto determinado, salvo el derecho preferente de petición anual.

Los Hermanos pequeños con varitas irán en los sitios que la Hermandad considere más oportunos para su custodia.

La Junta de Gobierno, en el Cabildo de Oficiales a celebrar antes de la salida procesional, designará, oído el informe del Diputado Mayor de Gobierno, a los Hermanos que por reunir las condiciones más idóneas, según el criterio de la Junta, ocuparán los puestos de Fiscales de Paso.

Estos podrán ser miembros de la Junta o no y sus principales obligaciones serán las siguientes:

Cuidarán de que los pasos no efectúen nada más que aquellas paradas que se consideren necesarias para la marcha de los mismos y solamente serán detenidos en aquellos lugares que presida la Autoridad Eclesiástica ó la Autoridad Civil, siempre que la Hermandad lo considere conveniente. También podrán ser detenidos los pasos en la puerta de aquellos templos en donde radique alguna Hermandad y una representación de aquélla, de forma corporativa, se encuentre en ella esperando el paso de nuestra Procesión, en un acto de cortesía y fraternidad cristiana. Los pasos sólo podrán volverse y dar su cara ante el Señor Expuesto en Manifiesto, ante los Sagrarios ó ante las representaciones de las Hermandades de las que hemos hecho alusión.

Los Fiscales cuidarán, asimismo, de que los pasos con las Sagradas Imágenes sean llevados con el mayor respeto y devoción.

Especial atención han de prestar al horario que se les entregue y que señala la marcha de la procesión en su Estación a la Santa Iglesia Catedral y regreso al templo, horario que han de procurar cumplir de forma rigurosa y hacerlo cumplir a su vez a los capataces de los pasos.

Considerando que los pasos que transportan a nuestras Sagradas Imágenes son altares portátiles, porque es la Hermandad la que, convirtiendo la calle en templo sale a ella para que los fieles devotos ó indiferentes las veneren ó contemplen, son los Priostes los encargados de atender cualquier contingencia que pueda presentarse, tanto en los pasos como en las insignias, cera, enseres, etc., ocupando para ello en la procesión unos sitios con cierta libertad de movimiento, pudiendo ir el Prioste Primero junto al paso de la Santísima Virgen ó el Segundo junto al paso del Santísimo Cristo, pudiendo ser nombrados sustitutos de los Fiscales en sus fortuitas y obligadas ausencias.

Regla nº10. De los hermanos costaleros

El amor a nuestros Sagrados Titulares y el afán penitencial de numerosos hermanos les hace considerar que el mayor honor a que pueden aspirar es portando sobre sus hombros, durante la Estación de Penitencia, las andas procesionales con nuestras Sagradas Imágenes.

La actuación de estos hermanos será regulada por las normas que vaya dictando la Junta de Gobierno, según las circunstancias.

Regla nº11. De la Organización de la Cofradía

Al Alcalde, como cabeza de la Hermandad, o al que le sustituya en el cargo con arreglo a estas constituciones, corresponde la dirección y gobierno de la Cofradía, debiendo todos guardar y cumplir lo que aquél disponga.

A sus inmediatas órdenes, el Diputado Mayor de Gobierno gobernará la procesión, auxiliado por Celadores. A cada uno de ellos se le señalará el tramo del cuerpo de Nazarenos que ha de regir y cuidar, a cuyo efecto procurará el Celador que cada cofrade ocupe el sitio que le corresponda, guardando la debida distancia, evitando cualquier acto de desdiga de la seriedad de la procesión, atenderá al Hermano Nazareno que enfermare y cumplirá las órdenes que reciba del Diputado Mayor, sin excusa ni pretexto alguno, retirándole al Hermano que incurriese en falta amonestable la papeleta de sitio, que entregará al Diputado Mayor, para que se tomen con el referido Hermano las medidas disciplinarias que procedan ó se le apliquen las sanciones que correspondan a la falta cometida.

Siempre que el horario de salida de la Cofradía que haya fijado la Autoridad Eclesiástica lo permita, antes de abrir las puertas de la Capilla, el Director Espiritual, en breves palabras, exhortará al cuerpo de Nazarenos para que durante la Procesión vayan meditando la Pasión del Señor y terminada la breve plática, rezará un Padre Nuestro, Ave María y Gloria y seguidamente se pondrá en marcha la Cofradía.

Regla nº12. Del orden disciplinado en la procesión

La Junta de Gobierno y los Celadores cumplirán y harán cumplir, durante la Estación de Penitencia, las Ordenanzas dictadas con carácter general para todas las Hermandades que hagan Estación de Penitencia a la Santa Iglesia Catedral por la Autoridad Eclesiástica el 15 de Febrero de 1.943, ó las que en su sustitución dicte la citada Autoridad y para que ningún Hermano alegue ignorancia, irán impresas en la papeleta de sitio que cada hermano recibe, y que dicen lo siguiente:

A) Los Hermanos, vistiendo el hábito de la Cofradía, se dirigirán desde sus domicilios a la Capilla por el camino más corto, estando completamente prohibido que lo hagan con el antifaz levantado.
B) Del mismo modo, terminada la Estación de Penitencia volverán a sus casas, sin vagar por las calles, ni detenerse en las mismas aunque fuese para ver otras procesiones; no podrán reunirse en grupos, ni fumar, hablar ni hacer otros actos que desdigan de la penitencia que realizan.
C) Una vez ocupado su sitio en la Cofradía, el nazareno no lo dejará en ningún momento de la Estación. En caso de cualquier indisposición, hará una indicación al Diputado ó Celador, que le autorizará a ausentarse, debiendo regresar a su domicilio lo antes posible, por el camino más corto, sin entretenerse dentro ó fuera del cuerpo de nazarenos.
D) Durante el curso de la procesión, los nazarenos estarán obligados a obedecer los mandatos del Mayordomo y Diputados, que son los encargados del orden y buena marcha de la Cofradía. Asimismo, estarán obligados a descubrirse el rostro cuando fuesen requeridos para ello por el Director Espiritual, Alcalde, Mayordomo ó Celadores.
E) En la Cofradía deberán ir con el mayor orden, sin hablar con los demás nazarenos o con persona alguna de las que presencien el paso de la Cofradía; no podrán dejar su sitio ni atravesar la procesión de un lado a otro con el fin de cambiar el cirio de mano, ni se ocupará de encender el cirio si éste se hubiese apagado, pues de ello se encargará el Diputado que le corresponda. Deberán cuidar de que no se corte la Cofradía, guardando la distancia que le marquen los Celadores, del nazareno que le precede y atendiendo con puntualidad a las paradas ó marchas que se hagan.
F) Si, lo que no es de esperar, algún Hermano faltare al cumplimiento exacto de estas ORDENANZAS, además de la falta moral en que incurre quedará sujeto a las consecuencias que resulten. Si la falta se comete en las filas del cuerpo de nazarenos, el Diputado ó Celador tiene derecho a despojarle del hacha ó insignia y del escudo de la Cofradía, exigiéndole la entrega de la papeleta de sitio, y si no lo hace, debe anotar el sitio que ocupa para tener conocimiento exacto de la persona, para la inmediata reprensión de la Hermandad. Si las faltas las comete fuera de la procesión (como fumar, ir con el antifaz levantado, etc.) quedará asimismo excluido de la Hermandad, si llegase a conocimiento de ésta.
G) De estas obligaciones no se eximirá ningún Hermano, sea cual fuere su cargo.

Al regreso de la Cofradía a la Capilla se rezará un Credo, una Salve y un Padre Nuestro por nuestros Hermanos difuntos, con lo que se dará por terminado el acto.

Regla nº13. De las Insignias fundamentales y tradicionales

Serán insignias fundamentales de esta Hermandad en su Estación de Penitencia, las siguientes:

La Cruz de Guía, en sustitución de la antigua Cruz de las Toallas.

La Bandera Pontificia, como acatamiento de la Hermandad al Romano Pontífice y por su Título como tal.

El Estandarte, símbolo que representa en todo lugar y momento a nuestra Corporación.

La Insignia Concepcionista que posee la Hermandad, llamada SINE-LABE ó SIN PECADO, tradicional en las Cofradías Sevillanas, como demostración del amor y en recuerdo de la defensa que éstas hicieron del Dogma de la Inmaculada Concepción de María, dándose la especialísima circunstancia de que en el que posee nuestra Hermandad aparece la Santísima Virgen revestida de ornamento y atributos sacerdotales, caso casi único según los historiadores.

También figurará en el cortejo el Libro que contenga estas Reglas.

En lugar preferente, dentro del cuerpo de nazarenos que acompaña al Paso de la Santísima Virgen de los Angeles, figurará el Guión Cardenalicio, en representación de todos los Cardenales que han sido Hermanos Mayores efectivos de la Hermandad. Este Guión lleva bordado, por un lado el escudo de la Hermandad y por el otro, el escudo del Cardenal Arzobispo Don Gonzalo de Mena y Roelas, fundador de la misma.

La Cruz de Guía irá al principio de la Procesión y las restantes insignias irán intercaladas en el cuerpo de nazarenos de la Santísima Virgen.

Como insignias tradicionales, figurarán además las siguientes:

En el cuerpo de nazarenos del Santísimo Cristo de la FUNDACION:

  • El Senatus.
  • La Bandera de Pasión.
  • La Bandera de la Santa Seña.
  • Cuatro Bocinas,

En el cuerpo de nazarenos de la Santísima Virgen de los ANGELES:

  • La Bandera Concepcionista.
  • La Cruz Parroquial.
  • Cuatro Bocinas.


Estas insignias podrán ser aumentadas ó suprimidas si la Junta de Gobierno lo estimase necesario ó pertinente, una vez hubiese sido autorizada para ello por la Autoridad competente.

Regla nº14. De las señales de duelos por los hermanos fallecidos

En el caso de que durante el periodo anterior a la salida de la Cofradía falleciese algún miembro de la Junta de Gobierno, el Alcalde, algún otro Hermano que se hubiese distinguido por su consagración a esta Hermandad, Capellán ó Director Espiritual, la Junta de Gobierno podrá acordar la colocación de un crespón negro en el frontal de las andas procesionales ó en los varales del paso de palio, en señal de duelo por dicho fallecimiento.

Regla nº15. De la Suspensión de la estación de penitencia

Si por motivos de inclemencia del tiempo ú otra causa de fuerza mayor se considerase necesaria la suspensión de la Estación de Penitencia, el Alcalde o quien ocupase su puesto, convocará con carácter de urgencia Cabildo de Oficiales Extraordinario con los que se encuentren en esos momentos en el Templo, tomando el acuerdo que consideren oportuno. Si este acuerdo fuese el aplazar la salida durante un tiempo prudencial, previa consulta con el Consejo General de Cofradías, se volverá a reunir el Cabildo antes de acordar la nueva salida.

En nuestros Cabildos de urgencia no será necesario la lectura del acta del Cabildo anterior, pero sí se deberá levantar acta del mismo por el Secretario 1º, ó por quien haga sus veces. Para el buen orden y justificación del nuevo horario a seguir, se deberá dar cuenta de estos acuerdos a la Autoridad Eclesiástica.

Si la Junta de Gobierno acordase la suspensión de la Estación de Penitencia, por las causas antes indicadas, se celebrarán ejercicios de Pasión a la hora en que la Cofradía tendría que estar en la calle. El Director Espiritual dirigirá estos ejercicios piadosos y en su ausencia, se rogaría al Párroco ó al Coadjutor de la Parroquia ó un hermano para que así lo efectúe.

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